|| MÉXICO

Denuncian a funcionarios por beneficiar a Nike


Concalzado, la entidad formada por las diversas cámara del sector cuero y calzado de México, protestó contra el escandaloso “error” de la Secretaría de Economía que favorece a la trasnacional de calzado y ropa deportiva Nike. La compañía que ganó un amparo judicial porque un funcionario de la Secretaría de Economía no interpuso en tiempo un recurso de revisión, podrá importar calzado chino sin pagar las cuotas compensatorias vigentes.


Documentos anexos

Resolución publicada en el DOF

122. Se declara concluido el examen de cuota compensatoria y se determina la continuación de la vigencia de las cuotas compensatorias definitivas impuestas mediante la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 1993, confirmadas mediante la diversa publicada en el propio Diario Oficial de la Federación del 27 de mayo de 1997, a las importaciones de calzado y sus partes, mercancías actualmente clasificadas en las fracciones arancelarias de las partidas 6401, 6402, 6403, 6404
y 6405 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, por cinco años más, contados a partir del 31 de diciembre de 2002

126. En cumplimiento a la sentencia del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, exclusivamente por lo que hace a la empresa Nike de México, S.A. de C.V., queda sin efectos la resolución de inicio del examen para determinar las consecuencias de la supresión de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de calzado y sus partes, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 28 de julio de 2003; por lo que las importaciones de dicha mercancía clasificada en las fracciones arancelarias de las partidas 6401, 6402, 6403, 6404, 6405 y 6406 de la Tarifa de la Ley
de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China,
que realice Nike de México, S.A. de C.V., no están sujetas al pago de cuota compensatoria a partir del 31 de diciembre de 2002.

127. Procédase a devolver a Nike de México, S.A. de C.V., con los intereses correspondientes, las cantidades que a partir del 31 de diciembre de 2002, se hubieran enterado por concepto del pago de la cuota compensatoria a que se refiere el punto 1 de esta Resolución y, en su caso, a cancelar y devolver las fianzas entregadas para garantizar dicho pago.

Boletín de la Secretaría de Economía

3 de febrero de 2004

En relación con el caso de supresión de cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de calzado y sus partes actualmente clasificadas en distintas fracciones arancelarias de la tarifa de los impuestos generales de importación y de exportación, originarias de China, la Secretaría de Economía informa que: El litigio iniciado por la empresa Nike de México, SA de CV, contra las cuotas compensatorias impuestas por la Secretaría de Economía, resultó favorable a dicha empresa, lo cual fue confirmado en segunda instancia, en razón de una decisión de extemporaneidad ocasionada por un error administrativo en la presentación del recurso de revisión correspondiente. Por ese motivo, el funcionario responsable del error fue cesado. En estas circunstancias, se dará vista a la Contraloría Interna para que realice el análisis del caso y determine las probables responsabilidades. Se han iniciado conversaciones con la empresa Nike de México, SA de CV, para ordenar las importaciones en beneficio de los consumidores; además se analiza la instrumentación de todos los mecanismos legales para proteger a la industria del calzado de las importaciones realizadas al amparo de posibles prácticas desleales de comercio. El efecto de esta resolución será que se reembolse exclusivamente a la empresa Nike de México, SA de CV, sólo los pagos que hubiese cubierto por concepto de cuotas compensatorias en las importaciones de mercancía a partir del 31 de diciembre del 2002 y hasta la fecha de la emisión de la sentencia. Cabe señalar que esta resolución no libera a la empresa del pago de los aranceles que impone la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. La información disponible establece que las importaciones realizadas por Nike de México, SA de CV, son inferiores a 300 pares de tenis, con un valor comercial de menos de 7 mil dólares. La razón por la que se perdió el juicio de amparo en primera instancia, motivó que el Ejecutivo enviara al Legislativo una propuesta de reforma a la Ley de Comercio Exterior. Esa propuesta fue retomada y aprobada por el Congreso. Con ello se otorgaron a la Secretaría de Economía facultades plenas para determinar la supresión de cuotas compensatorias.

José Antonio Salim Alle

Los presidentes de las seis Cámaras del Consejo Nacional de Proveeduría-Cuero-Calzado-Marroquinería (CONCALZADO) presentaron una enérgica protesta ante “la nula responsabilidad” que demostró la Secretaría de Economía en el caso del amparo interpuesto por la empresa Nike de México, S.A. de C.V. Este le faculta importar calzado procedente de China sin pagar el impuesto compensatorio correspondiente. Según la el Ing. Salim Alle, presidente de la CICEG, la consecuencia de esto puede llegar a ser la pérdida de dos mil empleos directos y cuatro mil indirectos.

Los dirigentes empresariales consideran insuficiente la renuncia del titular de la Dirección de Asuntos Judiciales de la Secretaría de Economía (SE), el Lic. José Manuel Razo Rojas, quien “olvidó” presentar a tiempo una apelación judicial y permitió que la empresa ganara un recurso legal. En conferencia de prensa El Ing. Salim preguntó: “¿cómo es posible que una empresa, por fuerte que sea, pueda más que un gobierno que debería preocuparse por proteger los intereses de la sociedad mexicana?”.

El antecedente

La Secretaría de Economía (SE) publicó el pasado 2 de febrero en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que por cinco años más seguiría el cobro de cuotas arancelarias a la importación de calzado fabricado en la República Popular de China.

El producto investigado se denomina “calzado impermeable con suela y parte superior de caucho o de plástico; calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural, artificial o regenerado y parte superior de cuero natural; calzado con suela de caucho, plástico o cuero natural, artificial o regenerado y parte superior de materiales textiles; los demás calzados que sean distintos a los descritos y las partes de calzado: plantillas, taloneras y artículos similares y sus partes”.

Esta resolución se acordó luego de la evaluación de los argumentos y pruebas presentados por la Cámara Nacional de la Industria del Calzado, las Cámaras de la Industria del Calzado de los Estados de Guanajuato y Jalisco, y la empresa Barry de Acuña, S.A., así como de la información que se allegó la Secretaría de Economía de la nación mexicana.

Se determinó que existen elementos que permiten prever la repetición de la práctica desleal y del consecuente daño a la producción nacional en caso de eliminar la cuota compensatoria. En virtud de lo anterior, y con fundamento en la Ley de Comercio Exterior, la SE declaró concluido este procedimiento y determinó la continuación de vigencia de las cuotas compensatorias definitivas impuestas mediante la resolución final del 30 de diciembre de 1993, confirmadas mediante la diversa publicada en el propio Diario Oficial de la Federación del 27 de mayo de 1997, a las importaciones de calzado y sus partes, originarias de la República Popular China, por 5 años más contados a partir del 31 de diciembre 2002.

Sin embargo, también en el DOF se difundió, en las resoluciones 126 y 127, que la empresa Nike de México quedaba exenta del pago por haber ganado un amparo judicial.

En información difundida por un diario de circulación nacional se destacó que el juicio fue ganado por la transnacional debido a que Razo Rojas no interpuso en el tiempo que marca la ley un recurso legal. La consecuencia de que Nike ganara el curso fue el cese del funcionario

La reacción

Recientemente entrevistado por representantes de medios locales y nacionales, el Ing. Salim Alle manifestó una condena por la irresponsabilidad de la Secretaría de Economía y anunció que envió una carta de protesta al Lic. Fernando Canales Clariond, tritular de la dependencia, y exigir la salida del funcionario que provocó el “error”. Ese mismo día por la noche el Lic. Razo Rojas fue cesado.

Más tarde, en conferencia de prensa, el Ing. Salim Alle destacó que la salida del funcionario no es suficiente, pues “el daño que ha causado a la industria del sector representa la pérdida de dos mil empleos directos y cuatro mil indirectos”.

A nombre de los seis integrantes de Concalzado, el Ing. Salim Alle demandó al Secretario de Economía que inicie una investigación “que llegue al fondo de este asunto y se deslinden responsabilidades administrativas y penales” al Lic. Razo Rojas.

También solicitó que el gobierno federal use todos los elementos disponibles para neutralizar la resolución favorable a Nike. Estos puntos, destacó el líder empresarial, serán publicados en un desplegado en medios de circulación nacional.

El Ing. Salim preguntó: “¿cómo es posible que una empresa, por fuerte que sea, pueda más que un gobierno que debería preocuparse por proteger los intereses de la sociedad mexicana?

Añadió que se espera una respuesta inteligente de la empresa Nike y den marcha atrás a la decisión de comprar calzado fabricado en China; de lo contrario, advirtió, se emprendería una campaña contra el consumo de calzado de esa marca.

Estrategia

De acuerdo con la versión difundida por la Secretaría de Economía en su boletín del 3 de febrero, la empresa Nike de México importó menos de 300 pares de calzado deportivo chino. Esta mercancía, dijo el Ing. Salim, fue sólo parte de una estrategia para que los abogados de la transnacional tuvieran un argumento legal y solicitar el amparo.

Ahora Nike adquirirá calzado maquilado en menos de diez dólares (100 pesos mexicanos) y podrá ser colocado con ventaja comercial en el mercado. Esta acción afectará sobre todo a los fabricantes de San Francisco y Purísima del Rincón, localidades casi conurbadas con León, con la consecuente pérdida de miles de empleos.

El Ing. José Antonio Salim recalcó que Concalzado pide una audiencia inmediata con el secretario de Economía para fijar no sólo la sanción que pueda aplicarse al responsable del “error”, sino también para fijar más acciones en apoyo a la industria del sector.

La postura del Ing. Salim está respaldada por el Lic. Eduardo Huber Flores, Presidente de la Cámara de la Industria del Calzado del Estado de Jalisco; el Ing. Sergio González Pasini, Presidente de la Asociación Nacional de Proveedores para la Industria del Calzado A.C. (ANPIC); el Sr. Arturo Barroso, Presidente de la Cámara de la Industria de la Curtiduría del Estado de Guanajuato; y el Ing. Gerardo Padilla, Presidente de la Cámara Nacional de Curtiduría, integrantes de Concalzado.

   
Anpic 480x80

Copyright © 1998, CueroAmérica ®. Todos los derechos reservados | www.cueroamerica.com