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|| PERÚ |
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Según la norma aprobada, el etiquetado deberá contener, en castellano, el país de origen del producto y los materiales de los que se compone. La información que aparezca será relativa a la capellada (empeine), forro y plantilla y la firme (suela o piso). La etiqueta deberá ir impresa, estampada o cosida en ambas unidades del par. La composición se determinará igual que en Europa, es decir, el 80% de la superficie/volumen total. Antecedentes Hace exactamente un año (28/2/2003), CueroAmérica publicó que había comenzado a aplicarse la medida pero luego el gobierno peruano suspendió su aplicación. Luego en el mes de abril se anunció que comenzaría a regir a partir del 6 de agosto del mismo año, cosa que nuevamente fue postergada. Este largo período estuvo jalonado por las luchas de las asociaciones que reúnen a los industriales peruanos para que el gobierno controle efectivamente el desbordante contrabando de calzado. Según los dirigentes, el masivo ingreso de productos asiáticos a precios muy bajos esta aniquilando la fabricación de calzado en el Perú. |
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